WhatsApp

Inicio › Cambio de horas y de sueldo de la empleada de hogar

Cambio de horas y de sueldo de la empleada de hogar

Las horas y el sueldo de una empleada de hogar se pueden cambiar, pero de mutuo acuerdo y por escrito. Después, la familia tiene 6 días naturales para comunicar el cambio a la Seguridad Social, porque la cuota depende del sueldo de cada mes.

La respuesta corta

  • Hace falta acuerdo. El horario «será fijado por acuerdo entre las partes», dice el Real Decreto 1620/2011. Ni la familia puede imponer una bajada de horas ni la empleada puede imponer una subida.
  • Se firma un anexo al contrato con las nuevas horas, el nuevo horario, el nuevo sueldo y la fecha desde la que se aplica.
  • Se comunica a la Seguridad Social en los 6 días naturales siguientes al cambio. Si cambia el sueldo, puede cambiar el tramo de cotización y, con él, la cuota.
  • Nunca por debajo del mínimo: en 2026, 9,55 € la hora si trabaja por horas, o 1.221 € al mes en 14 pagas a jornada completa (en proporción si trabaja menos).

Cuándo se cambian las horas o el sueldo

Lo más habitual en una casa es que las necesidades cambien con los niños o con el trabajo de los padres:

  • Los niños empiezan el colegio y ya no hace falta nadie por la mañana, pero sí a la salida.
  • Nace un bebé y la familia necesita más horas o pasar de externa por horas a jornada completa.
  • Uno de los padres empieza a teletrabajar y las horas de limpieza se pueden concentrar en dos días.
  • La empleada pide reducir horas para estudiar, cuidar a sus hijos o trabajar en otra casa.
  • Sube el salario mínimo y hay que poner al día el sueldo (lo explicamos en atrasos por la subida del salario mínimo 2026).

Paso a paso para hacerlo bien

  1. Habladlo antes. Explica el motivo, el nuevo horario y desde cuándo. Lo justo es avisar con tiempo para que ella pueda organizarse; con 15 días suele haber margen.
  2. Calcula el nuevo coste. Sueldo nuevo, nueva cuota de Seguridad Social y, si trabaja por horas, comprueba que el precio no baja de 9,55 €. Puedes hacerlo en la calculadora de coste 2026.
  3. Firmad el anexo. Dos copias, una para cada parte. Si el contrato se hizo por escrito, el cambio también.
  4. Comunica la variación de jornada y de retribución a la Seguridad Social en los 6 días naturales siguientes. Si se pasa el plazo, se puede hacer fuera de plazo, pero mejor no llegar a eso.
  5. Aplica el cambio en la nómina desde la fecha pactada. Si el cambio es a mitad de mes, ese mes se paga en proporción: unos días con el horario antiguo y otros con el nuevo.

Ejemplos con cifras 2026

Todas las cifras salen del salario mínimo de 2026 y de la tabla de cotización por tramos. La Seguridad Social es la parte que paga la familia, ya con la reducción del 20 % en contingencias comunes y la bonificación del 80 % en desempleo y FOGASA.

CambioAntes (sueldo + SS familia)Después (sueldo + SS familia)
Por horas: de 10 a 15 h a la semana, a 9,55 €413,83 € + 97,10 € = 510,93 € (tramo 2)620,75 € + 134,07 € = 754,82 € (tramo 3)
Externa con sueldo mensual: de 20 a 25 h712,25 € + 174,82 € = 887,07 € (tramo 4)890,31 € + 216,02 € = 1.106,33 € (tramo 5)
Jornada completa que pasa a 30 h1.424,50 € + 317,24 € = 1.741,74 € (tramo 8)1.068,38 € + 256,33 € = 1.324,70 € (tramo 6)

En las filas de sueldo mensual, el sueldo ya lleva las dos pagas extra repartidas en 12 meses (por ejemplo, 610,50 € × 14 pagas = 712,25 € al mes). Fíjate en que un cambio pequeño de horas puede hacer saltar de tramo: con pocas horas la cuota mínima pesa mucho. Consulta la tabla de cotización 2026 por tramos.

Empleada en Casa

0 € + 40 €/mes

La selección no se cobra, ni a la familia ni a la candidata. Gestión laboral opcional (contrato, alta en la Seguridad Social y nóminas): 40 € al mes, IVA incluido, sin permanencia.

Sueldo legal de tu empleada

9,55 €/h

o 1.221 € al mes × 14 pagas, más su Seguridad Social. Se lo pagas a ella y a la Tesorería.

Si la familia quiere bajar horas y ella no está de acuerdo

La norma del hogar no permite a la familia rebajar horas o sueldo por su cuenta. Además, el Estatuto de los Trabajadores dice que pasar de jornada completa a parcial (o al revés) «tendrá siempre carácter voluntario» para la persona trabajadora, y que no se la puede sancionar por negarse.

Si no hay acuerdo, las salidas son dos:

  • Seguir como estaba y buscar otra fórmula (cambiar el horario sin bajar horas, juntar las horas en menos días…), siempre de acuerdo.
  • Terminar la relación por desistimiento si de verdad han cambiado las necesidades de la familia o han bajado sus ingresos. Son causas que recoge la ley, pero exige carta por escrito con la causa, preaviso e indemnización de 12 días por año. Lo explicamos en desistimiento: cómo terminar la relación.

Lo que no se debe hacer es pagarle menos horas de las que figuran en el contrato «porque este mes no hacía falta»: si la familia le dice que no venga, esas horas se pagan igual.

Si es ella quien pide el cambio

Si la empleada pide menos horas, se habla y se pacta igual, con anexo y comunicación. Hay casos en los que la ley le da un derecho propio: por ejemplo, quien tiene a su cargo a un hijo menor de 12 años puede pedir una reducción de jornada con la bajada proporcional del sueldo (artículo 37.6 del Estatuto). Si pide trabajar más horas, la familia no está obligada a dárselas, pero si las acepta, se pactan y se comunican.

Cambios de sueldo sin cambiar las horas

  • Subida pactada: la familia y la empleada pueden acordar una subida cuando quieran. Se firma y se comunica la nueva retribución.
  • Sin pacto sobre subidas: el Real Decreto 1620/2011 dice que, si no se ha acordado nada, se aplica cada año una subida igual a la media pactada en los convenios colectivos, según la estadística del Ministerio de Trabajo, al cumplirse cada 12 meses de trabajo. Conviene dejar escrito en el contrato cómo se revisa el sueldo.
  • Sube el salario mínimo: si el sueldo queda por debajo, hay que subirlo y comunicar la nueva retribución. Si no se comunica, la Tesorería aplica la cuota que corresponde al mínimo.
  • Bajar el sueldo por las mismas horas: solo con acuerdo, y nunca por debajo del mínimo legal.

Modelo de anexo al contrato

Puedes usar este texto como base y adaptarlo a tu caso:

ANEXO AL CONTRATO DE TRABAJO DEL SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR. En [localidad], a [fecha]. De una parte, [nombre y DNI de la persona empleadora], titular del hogar familiar; de otra, [nombre y DNI/NIE de la persona trabajadora]. Acuerdan modificar el contrato firmado el [fecha del contrato] en estos términos: 1) Desde el [fecha], la jornada pasa de [horas antiguas] a [horas nuevas] horas semanales, con este horario: [días y horas]. 2) La retribución pasa a ser de [importe] € brutos [a la hora / al mes en 14 pagas / al mes con pagas prorrateadas]. 3) Se mantienen el resto de condiciones del contrato. Y para que conste, firman las dos partes por duplicado.

Cuando abramos, tendrás este modelo listo para descargar. Con la gestión laboral (40 € al mes) lo preparamos por ti, comunicamos la variación y ajustamos la nómina desde el primer mes.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiarle el horario sin cambiar las horas?

El horario también se fija por acuerdo. Si cambias de mañanas a tardes, pactadlo y dejadlo por escrito. Si las horas totales y el sueldo no cambian, normalmente no varía la cuota, pero el contrato tiene que reflejar el horario real.

¿Qué pasa si no comunico el cambio a la Seguridad Social?

Se seguirá cotizando por el sueldo antiguo. Si el sueldo real es más alto, la cotización es inferior a la que toca y la familia puede tener que pagar la diferencia con recargo. Si es más bajo, estás pagando de más.

¿Un cambio de horas de una sola semana hay que comunicarlo?

Si es algo puntual, como unas horas más una semana, no cambia el contrato, pero esas horas se pagan y cuentan en la retribución del mes. Si el sueldo del mes cambia, cambia lo que se cotiza. Si se repite cada semana, lo correcto es modificar el contrato.

¿Puedo bajarle las horas en verano porque nos vamos de vacaciones?

No de forma unilateral. Lo práctico es hacer coincidir sus vacaciones con las de la familia y pactarlo por escrito. Si no lo pactáis y le decís que no venga, las horas del contrato se pagan.

¿Puede pasar de por horas a sueldo mensual?

Sí, si lo acordáis. Al pasar a sueldo mensual hay que fijar las pagas extra (pagadas aparte o repartidas) y las vacaciones, que con el precio por horas ya iban incluidas. Mira el contrato por horas para comparar.

Fuentes: Real Decreto 1620/2011, arts. 5, 8 y 9 (modificado por el Real Decreto-ley 16/2022); Estatuto de los Trabajadores, arts. 12.4.e) y 37.6; Real Decreto 126/2026 (salario mínimo 2026); Orden PJC/297/2026 (cotización); Guía práctica del empleo en el hogar de la Seguridad Social (variaciones de datos en 6 días naturales).

Te lo dejamos hecho en 3 pasos

  1. Nos escribesPor WhatsApp, en 2 minutos: horas, sueldo y fecha de inicio.
  2. Lo preparamosContrato y alta en la Seguridad Social, con tu autorización.
  3. Cada mes, listoNómina, cuota, pagas y vacaciones al día.
  • Precio cerrado: 40 €/mes con IVA
  • Sin permanencia
  • Cifras con las tablas oficiales de 2026
Scroll al inicio
WhatsApp 24h - 620 00 11 66