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Desistimiento: cómo terminar la relación con la empleada de hogar

Desde 2022 la familia ya no puede despedir a una empleada de hogar «porque sí». Puede terminar la relación por desistimiento, pero solo por una causa concreta, por escrito y pagando indemnización.

Las causas

El desistimiento tiene que basarse en una de estas causas, y hay que decirla en la carta:

  1. Bajan los ingresos o suben los gastos de la familia.
  2. Cambian de forma importante las necesidades de la familia (por ejemplo, los niños ya no necesitan a nadie a la salida del colegio).
  3. Pérdida de confianza en la trabajadora, justificada de forma razonable.

Si no hay causa o no se dice, se puede considerar un despido improcedente, con una indemnización mucho mayor.

Cómo se hace

  • Carta por escrito a la trabajadora, con la causa y la fecha en que termina.
  • Preaviso: 20 días si lleva más de un año; 7 días si lleva menos. Se puede no dar el preaviso pagando esos días.
  • Durante el preaviso, si trabaja a jornada completa, tiene 6 horas libres a la semana para buscar trabajo, pagadas.
  • Indemnización: 12 días de salario por año trabajado, con un máximo de 6 mensualidades, que se paga a la vez que se entrega la carta.
  • Baja en la Seguridad Social en los 3 días siguientes y finiquito (días trabajados, parte de pagas extra y vacaciones no disfrutadas).

Otras formas de terminar

  • Despido disciplinario: por un incumplimiento grave de la trabajadora. Se hace por escrito y, si un juez no lo ve justificado, la indemnización es la del despido improcedente.
  • Baja voluntaria: la trabajadora se va, con el preaviso pactado en el contrato o el de costumbre, y se le paga el finiquito.
  • Fin del contrato temporal, si lo era de verdad.
  • Fallecimiento de la persona que la contrató: hay normas propias.

Con nosotros

Con la gestión laboral (40 € al mes) te hacemos la carta, el cálculo de la indemnización, el finiquito y la baja, y si un día necesitas otra persona, te la buscaremos sin coste.

Fuentes: Real Decreto 1620/2011, art. 11 (modificado por el Real Decreto-ley 16/2022).

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